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Corte condena a tres años de prisión suspendida a Wander Franco

Por: Redacción Entre Notas

Puerto Plata. – La Corte de Apelación de Puerto Plata condenó a tres años de prisión, con suspensión condicionada al cumplimiento de reglas, al expelotero Wander Samuel Franco Aybar por abuso sexual y psicológico en perjuicio de una adolescente. La decisión se produjo tras acoger el recurso presentado por el Ministerio Público, que había solicitado una pena de cinco años de cárcel.

El tribunal también confirmó la condena de 10 años de prisión impuesta a la madre de la menor por explotación sexual comercial y lavado de activos, al rechazar los recursos de apelación presentados por los procesados.

La suspensión de la pena de Franco Aybar quedó sujeta a las condiciones que establezca el juez de ejecución de la pena. En caso de incumplimiento, deberá cumplir la condena en prisión. Para adoptar la decisión, los jueces tomaron en cuenta la edad del procesado y su reinserción social.

Además, la Corte ordenó el decomiso a favor del Estado dominicano de RD$2.1 millones ocupados durante un allanamiento a la madre de la adolescente.

Los fiscales Claudio Alberto Cordero Jiménez, de la Procuraduría Especializada Antilavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo, y José Martínez Montán, de la Fiscalía de Puerto Plata, solicitaron que se revocara la decisión de primer grado que había concedido a Franco Aybar un perdón judicial que lo eximía de cumplir una sanción penal.

El Ministerio Público argumentó que el perdón judicial fue aplicado de manera incorrecta y que no correspondía a las circunstancias del caso, pese a que el tribunal de primera instancia había declarado culpable al procesado.

Franco Aybar fue hallado responsable de violar el artículo 396, literales b y c, de la Ley 136-03, que contempla sanciones por abuso sexual y psicológico contra personas menores de edad.

La sentencia fue dictada por los jueces Miguelina Beard, presidenta del tribunal, Germán Martínez y Manuel Ureña. La audiencia para la lectura del fallo, prevista inicialmente para el 20 de octubre, fue aplazada para este jueves 29 de octubre de 2026.

La condena de primera instancia

En mayo de 2026, el Tribunal Colegiado Ad Hoc del Distrito Judicial de Puerto Plata había condenado a Franco Aybar a dos años de prisión con suspensión de la pena y establecido restricciones de conducta, entre ellas no acercarse a adolescentes con fines sexuales. En caso de incumplir las condiciones, debía cumplir la pena en el Centro de Corrección y Rehabilitación San Felipe, en Puerto Plata.

La madre de la adolescente recibió una condena de 10 años de prisión, a cumplir en el Centro de Corrección y Rehabilitación Rafey Mujeres, en Santiago, además del pago de una multa equivalente a 30 salarios mínimos.

En el caso de la mujer, el tribunal también dispuso el decomiso de bienes incautados durante el proceso, entre ellos un solar de 600 metros cuadrados en Villa Montellano, un vehículo del año 2023, US$68,500 y RD$800,000, además de los RD$2.1 millones depositados en el Banco Agrícola, sucursal Puerto Plata.

La Procuraduría Especializada Antilavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo y la Fiscalía de Puerto Plata recurrieron la decisión relativa a Franco Aybar al considerar que la aplicación del perdón judicial no se correspondía con la gravedad de los hechos acreditados en el proceso.

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