Santo Domingo. – Los contribuyentes clasificados como Grandes Locales y Medianos tendrán hasta el próximo 31 de octubre para utilizar comprobantes fiscales no electrónicos, ya que desde el 1 de noviembre deberán emitir sus facturas exclusivamente en formato electrónico, recordó la Dirección General de Impuestos Internos (DGII).
La entidad explicó que, a partir de esa fecha, estos contribuyentes tendrán que utilizar comprobantes fiscales electrónicos (e-CF) con secuencias tipo “E”, mientras que las secuencias no electrónicas tipo “B” dejarán de tener validez para sus operaciones ordinarias.
La medida está contemplada en el artículo 55 del Reglamento núm. 587-24, que establece las disposiciones aplicables a la facturación electrónica.
El uso de comprobantes no electrónicos después del plazo establecido solo estará permitido en casos excepcionales de contingencia y bajo las condiciones previstas en el capítulo IX de ese reglamento.
La DGII exhortó a los contribuyentes alcanzados por la disposición a completar los ajustes necesarios en sus sistemas de facturación antes de la entrada en vigor del requisito.
Para facilitar la transición, el sistema cuenta con 195 proveedores de servicios de facturación electrónica autorizados, que ofrecen soluciones tecnológicas para la emisión de los comprobantes.
La facturación electrónica forma parte del proceso de modernización tributaria y busca simplificar las operaciones comerciales, reducir los gastos administrativos y reforzar el control de las transacciones fiscales.

