Santo Domingo. – La Dirección General de Migración (DGM) aclaró que sus inspectores no colocan ni levantan impedimentos de salida del país, sino que ejecutan las restricciones ordenadas por los tribunales y remitidas oficialmente a la institución a través de la Procuraduría General de la República (PGR).
La aclaración surge luego de que circulara en redes sociales el reclamo de una mujer que aseguró que su esposo fue impedido de abordar un vuelo internacional y que los inspectores de Migración lo mantenían retenido, pese a que ella, en calidad de abogada, presentó una comunicación de la fiscalía de su provincia indicando que el ciudadano no tenía asuntos pendientes con la justicia.
La DGM explicó que un impedimento de salida solo puede ser colocado o levantado mediante una decisión judicial comunicada formalmente a través de la PGR, que es la vía establecida para ejecutar este tipo de medidas.
¿Qué ocurre cuando una persona tiene impedimento?
La institución señaló que cuando un pasajero con impedimento de salida es detectado en un aeropuerto, puerto o paso fronterizo intentando abandonar el territorio nacional, los inspectores deben impedir que continúe su viaje y comunicar la situación al Ministerio Público para recibir instrucciones sobre el procedimiento a seguir.
Migración precisó que esta actuación responde a una medida previamente ordenada por un tribunal y no a una decisión adoptada por sus inspectores.
Según la DGM, su personal verifica en el sistema informático las alertas y restricciones asociadas al perfil del pasajero. Cuando aparece un impedimento de salida, los inspectores aplican los protocolos correspondientes y notifican a las autoridades competentes.
La institución agregó que no puede autorizar la salida de una persona únicamente con documentos o comunicaciones que no hayan sido recibidos y validados por los canales oficiales establecidos.
La DGM sostuvo que su función en estos casos consiste en ejecutar los controles migratorios y cumplir las órdenes y disposiciones emitidas por las autoridades competentes, mientras corresponde a los organismos judiciales y al Ministerio Público disponer la colocación o levantamiento de las restricciones.
El organismo indicó que sus actuaciones en aeropuertos, puertos y pasos fronterizos buscan garantizar el cumplimiento de las medidas judiciales y los procedimientos establecidos para el control de salida del territorio nacional.

