Portada » Tribunal reprograma para el 23 de septiembre lectura íntegra de sentencia contra Adán Cáceres y coimputados

Tribunal reprograma para el 23 de septiembre lectura íntegra de sentencia contra Adán Cáceres y coimputados

Por: Leandra Encarnacion

Santo Domingo. – El Primer Tribunal Colegiado de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional reprogramó para el 23 de septiembre de 2026, a las 2:00 de la tarde, la lectura íntegra de la sentencia contra Adán Benoni Cáceres Silvestre, Juan Carlos Torres Robiou y los demás coimputados en el proceso por corrupción y lavado de activos.

La decisión está contenida en el Auto núm. 249-02-2026-TFIJ-00052, mediante el cual el tribunal explicó que necesita completar y revisar la redacción de la decisión motivada, tomando en cuenta la complejidad del expediente y la extensión del juicio oral, que se prolongó durante aproximadamente 658 días calendario.

En el proceso fueron juzgadas 36 personas, 29 físicas y siete jurídicas, además de la participación de 18 intervinientes voluntarios.

La magnitud del juicio también se refleja en el material probatorio presentado durante los debates. El tribunal tuvo que valorar 319 testimonios, 4,081 pruebas documentales, 146 pruebas periciales y 114 pruebas materiales, cuya ponderación debe quedar plasmada de manera individualizada en la sentencia.

El órgano judicial señaló además que la explicación oral del dispositivo de la decisión tuvo una duración aproximada de 11 horas, mientras que la parte dispositiva está integrada por 41 ordinales distribuidos en 88 páginas.

Aunque el tribunal indicó que ha trabajado de manera continua en la elaboración de la sentencia desde que fue emitido el dispositivo, explicó que todavía quedan aspectos que requieren un análisis detallado antes de concluir la motivación.

Una vez terminada esa fase, los jueces deberán integrar el documento completo y someterlo a una revisión general para garantizar su coherencia, congruencia y suficiencia jurídica.

El tribunal recordó que la debida motivación de las sentencias constituye una garantía del debido proceso y de la tutela judicial efectiva, por lo que consideró necesario disponer de tiempo adicional para completar la decisión.

De acuerdo con el cronograma establecido, el plazo legal para la redacción de la sentencia vencía el 8 de septiembre de 2026. Sin embargo, los jueces consideraron razonable disponer de una extensión de 10 días hábiles, por lo que fijaron para el 23 de septiembre la lectura íntegra.

La decisión será notificada a todas las partes involucradas en el proceso. El tribunal precisó que la lectura íntegra constituye el acto formal de notificación de la sentencia conforme a la normativa procesal penal.

related posts