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TSA confirma multa de RD$2.1 millones a clínica Abel González por atención a víctimas del Jet Set

Por: Redacción Entre Notas

Santo Domingo. – El Tribunal Superior Administrativo (TSA) confirmó una multa de RD$2,189,154.08 impuesta al Centro de Medicina Avanzada Dr. Abel González por la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL), tras determinar que no garantizó la atención de emergencia a dos afiliados afectados por el desplome del techo de la discoteca Jet Set.

La decisión está contenida en la sentencia núm. 0030-04-2026-SSEN-00282, del 22 de mayo de 2026, mediante la cual la Tercera Sala del TSA rechazó el recurso presentado por la clínica y ratificó la Resolución DJ-GIS núm. 0012-2025, emitida el 13 de agosto de 2025.

El procedimiento se inició luego de que la Dirección General de Información y Defensa de los Afiliados a la Seguridad Social (DIDA) recibiera las reclamaciones de Franklin Alberto Rodríguez Garabitos y Luis Thomás Graveley Hernández, quienes otorgaron poder formal a la institución para representarlos.

El 22 de abril de 2025, la DIDA remitió a la SISALRIL los oficios D000653 y D000654 para solicitar la investigación de los hechos y la aplicación de las sanciones correspondientes.

Al día siguiente, técnicos de la SISALRIL inspeccionaron el centro médico y posteriormente entrevistaron a los afiliados y examinaron registros y documentos relacionados con el caso.

Según los resultados de la investigación, la clínica no garantizó la atención de emergencia, no registró la visita de los pacientes y les informó que no aceptaba su seguro médico, en lugar de gestionar la cobertura con la administradora de riesgos de salud (ARS).

TSA valida las actuaciones de la DIDA y la SISALRIL

Durante el proceso judicial, la clínica argumentó que no existían denuncias personales presentadas directamente por los afiliados. Sin embargo, el tribunal rechazó ese planteamiento y reconoció la facultad de la DIDA para recibir y tramitar reclamaciones en representación de los asegurados.

La sentencia se apoyó en el artículo 29 de la Ley 87-01, modificado por la Ley 13-20, que establece las atribuciones de la DIDA en la defensa de los derechos de los afiliados a la Seguridad Social.

El TSA también concluyó que la SISALRIL actuó dentro de sus competencias legales para investigar las infracciones e imponer sanciones, y determinó que la clínica no logró desvirtuar los hallazgos que sustentaron la penalidad.

Además de la multa económica, la resolución de la SISALRIL ordenó al centro médico presentar un plan de acciones correctivas y capacitar a su personal sobre las normas del Seguro Familiar de Salud.

El director general de la DIDA, Elías Báez, afirmó que la decisión evidencia la importancia de la coordinación entre las instituciones responsables de recibir las reclamaciones, investigar las posibles infracciones y garantizar la protección de los afiliados.

Báez exhortó a los usuarios que consideren vulnerados sus derechos en el acceso a los servicios de salud a presentar sus reclamaciones ante la DIDA para recibir orientación y acompañamiento durante el proceso.

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